Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante YURI JAIRO MARCHAN MONTILLA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.720.272, a la ciudadana MERCEDES DEL CARMEN OROPEZA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.731.072, en su condición de cónyuge, y a los ciudadanos JAIRO JESÚS MARCHAN OROPEZA y CAROLINA DE JESÚS MARCHAN OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos 23.881.702, y 28.103.701, respectivamente, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Así mismo, se ordena expedir por secretaria las Copias Certificadas requeridas .....