DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes trascritos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la le Ley, declara: ÚNICO: JUSTO TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano RAFAEL SEGUNDO RINCÓN CARDOZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.717.022, domiciliado en el Municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, sobre las bienhechurías fomentadas en un fundo denominado "SAN RAFAEL", ubicado en el sector Los Charrascos, en Jurisdicción de la Parroquia Sixto Zambrano del Municipio Rosario de Perijá del estado Zulia, constante de una superficie de CUARENTA Y SIETE HECTAREAS CON UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS ( 47 Has con 1.634 Mts2), alinderado de la siguiente manera NORTE: Terrenos ocupados por Hacienda el Cerro, Héctor Montiel y Leonc.....