Por las razones que anteceden, este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se decreta la INTIMACIÓN del ciudadano JIM ANTHONY MÉNDEZ ARIAS, en su condición de deudor y al ciudadano RUBEN DARÍO RÍOS BRAVO, en su carácter de fiador solidario y principal pagador, para que le pague a la Sociedad Mercantil Banesco Banco Universal, C.A., antes identificados, apercibido de ejecución, dentro de los DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES AL DIA QUE CONSTE EN ACTAS LA INTIMACIÓN DEL DEMANDADO, la cantidad de NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 94.759,85), conforme lo indicado en la parte motiva de este fallo.
SEGUNDO: Líbrense recaudos de intimación y entréguense al ciudadano Alguacil del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del Código de Procedimiento .....