Examinados los documentos acompañados y la norma utsupra transcrita, éste Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en San Timoteo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los derechos que tienen las ciudadanas LUISA JAMILETH, YANETTE COROMOTO y NAIBELIN KARELIS BERMÚDEZ PACHECO, identificadas en actas, como UNIVERSALES HEREDERAS DEL CAUSANTE GUSTAVO ALEJANDRO BERMÚDEZ CALDERÓN. ASÍ SE DECLARA.-