Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1. La HOMOLOGACIÓN del convenimiento celebrado por el ciudadano JORGE LUIS HERNANDEZ MONCAYO, parte demandada, en fecha 22 de mayo de 2006.
2. Se abstiene archivar el expediente hasta tanto haya cumplimiento de la obligación asumida.