DECISION
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en la norma contenida en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, procede a HOMOLOGAR el desistimiento presentado por la abogada PATRICIA VARGAS SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.599.538, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.449, domiciliada en la carrera 25 entre calles 17 y 18, edificio Caribe, piso 4, oficina 41, ubicado en esta ciudad de Barquisimeto, estado Lara, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARCELA BERNARDINEZ BILBAO, de nacionalidad Argentina, titular de la cédula de identidad Nº E-82.126.160, domiciliada en el estado de la Florida de los Estados Unidos de América en contra de las.....