ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE PRIMERO: Reanuda el proceso en el asunto penal de marras, y revoca la medida alternativa de suspensión condicional del proceso, y como consecuencia de ello, condena al ciudadano HENRY JOSE DUNO MARTINEZ (Imputado), quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha veintiocho (28) de Noviembre de 1.971, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.913.123, hijo de Henry Duno y de Silvia Rosa Martínez, residenciado en el sector Rómulo Gallegos, calle 03, casa sin número, al lado de la tostonera de la señora Marcela, Pueblo Nuevo el Chivo, Parroquia Simón Rodríguez, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, quedando desestimada la solicitud planteada a su favor por la defensa técnica, toda vez que no dio cumplimiento satisfactorio a las obligacio.....