- III -
- DISPOSITIVA -
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, propuesta por los ciudadanos EVILASIO DE JESUS GONZALEZ FERNANDEZ y LUZBELKIS DEL VALLE MORALES GARCIA, ambos ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 12 de diciembre de 1987, por ante el Jefe Civil y Secretario del Municipio Mara del Estado Zulia hoy Coordinadora de Registro Civil de la Parroquia San Rafael del Municipio Mara del estado Zulia, anotada bajo el Acta N° 164, inserta en los archivos de Registro Civil para Matrimonios que llevó dicha oficina durante el año 1987.
El Tribunal deja expresa constancia el hecho manifestado por los solicitantes, que no procrearon hijos y no.....