DISPOSITIVA
En consecuencia por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA, PRIMERO: SIN LUGAR las excepciones planteadas por la defensa en su escrito de descargo y ratificadas en la audiencia de Juicio Oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 28, numeral 4°, en sus literales "c", "h" e "i" del Código Orgánico Procesal Penal, sobre la base de las consideraciones motivadas en la sentencia. SEGUNDO: En relación con la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ABSUELVE al ciudadano JULIO CESAR CONTRERAS, Venezolano, natural de Maracaibo, de 45 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°:.....