este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1) EN VIRTUD DE LA VIOLACIÓN AL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DEL DEBIDO PROCESO EN LA PRESENTE CAUSA, SE ANULA DE OFICIO LA DECISIÓN DICTADA POR EL JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
2) PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho MAZEROSKY PORTILLO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha veinte (20) de diciembre de 2011, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
3) CON LUGAR la impugnación del poder que.....