En consecuencia en fuerza de los argumentos esgrimidos este Juzgador declara sin lugar la OPOSICIÓN A LA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO decretada en contra de los bienes muebles que se identifican en la respectiva acta de embargo. Así se decide.
El Juez.
Aboga. Alfredo García López.
La Secretaria.
Aboga. Joselyn Urdaneta