Por todos los razonamientos precedentemente explanados, este Tribunal en Función de Juicio en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara lo siguiente: PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para conocer del presente asunto seguido contra  del ciudadano CARLOS ENRIQUE MARVAL, por los delitos de AMENAZA, VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA PSICOLOGICA, prevista y sancionada en los artículos  16, 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia  contra la Mujer y la Familia;  de conformidad con lo establecido en el artículo 118  de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en relación con el artículo  78 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: En resguardo de los principios  Imparcialidad, Certeza, Seguridad Procesal y conforme al artículo.....