Vista la diligencia de fecha 23 de abril del presente año, suscrita por la Abogado MISAEL CARDOZO, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual Solicita al Tribunal se sirva poner en estado de ejecución la presente causa, y por cuanto la Sociedad Mercantil TBC- BRINADD VENEZUELA C.A., hasta la fecha no ha cumplido con lo acordado en fecha 21 de enero de 2008, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial, DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, la parte demandada deberá dentro de los TRES (3) DIAS HABILES siguientes a la presente fecha, dar cumplimiento voluntario, y cancelar al ex -trabajador ciudadano JESÚS MANUEL GONZALEZ ROA, la cantidad de Bs.F. 22.500,00 como quedó expresado en acta de transacción; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabaj.....