Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la notificación por escrito de las condiciones que rigen el otorgamiento de la medida alternativa de cumplimiento de la pena, conocida como RÈGIMEN ABIERTO al penado SERGIO URDANETA LAGUADO, titular de la cédula de identidad Nº 20.438.081, de las cuales como se dijo anteriormente, fue impuesto verbalmente, comprometiéndose voluntariamente y en presencia de su defensor a cumplirlas cabalmente.
Regístrese la presente decisión en el Libro respectivo, librese oficio dirigido al Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Manuel Matos Romero"; lugar donde cumple con el RÈGIMEN ABIERTO el penado SERGIO URDANETA LAGUADO. Notifíquese mediante oficio a la Representación fiscal, establézcanse mediante auto separado las co.....