Esta Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Autorizar a la ciudadana TIBISAY ANLLINEY MOYA MOYA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.670.850, en beneficio de su hijo, el niño (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte que requiere el niño (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA). SEGUNDO: Por cuanto la parte actora desconoce domicilio actual del demandado ciudadano DIEGO ENRIQUE GONZALEZ MOSQUEDA, titular de la cédula de identidad Nº V-12.419.428, este Tribunal acue.....