Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, interpuesta por el ciudadano ABOGADO ADIB GABRIEL DIB, Defensor Público Cuarto, a favor de su defendido, el acusado JOSE GREGORIO MOSQUERA PIRONA, se identifico: como Venezolano, natural de Ciudad Ojeda, con fecha de nacimiento 21-02-87 , edad 21 años, titular de la cédula de identidad No. 18.311.114 , hijo de Juana Maria Pirona E Isidro Mosquera, con residencia en el Sector El Sindicato, calle Los Olivos, al fondo de la E/S BetaPetrol, sector Los Andes, detrás de la Cancha de Usos Múltiples, Municipio Santa Rita, del estado Zulia, teléfono: 0416-2222229, 0264-8150697; por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y s.....