DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente solicitud de ACCION MERO DECLARATIVA presentada por GUADALUPE ANTONIO ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.106.604, actuando como apoderado de la ciudadana RICARDA JOSEFINA ROSALES DE MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V- 4.251.867.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los originales que se encuentran en la presente solicitud, dejándose copia certificada en su lugar una vez que la parte solicitante provea los emolumentos necesarios para las mismas.
TERCERO: No hay Condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y s.....