DISPOSITIVO
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal Octavo de Juicio para el nuevo régimen procesal y transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana DAYANA CAROLINA ALVARADO ARRIETA en contra de la sociedad mercantil COMERCIAL REYES, C.A..
SEGUNDO: SE ORDENA LA EJECUCIÓN INMEDIATA E INCONDICIONAL DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 92, de fecha 09 de mayo de 2009.
TERCERO: Se condena en costas a la parte querellada, esto es, a la sociedad mercantil COMERCIAL REYES, C., dado que resultó vencida en la presente causa, esto conforme a las previsiones del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales
Publíquese, Regístrese.
Déjese copia cer.....