DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del Derecho LUÍS ABREU y GONZALO DE JESÚS GONZÁLEZ COLINA, en su carácter de defensores del ciudadano YILBER SEGUNDO TROCONIS RODRÍGUEZ, ya identificado, en la causa seguida en su contra por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos de Robo Agravado, Agavillamiento y Privación Ilegitima de Libertad, previstos y sancionados en los artículos 458, 286 y 174 del Código Penal, respectivamente, cometido en perjuicio de la ciudadana Yadira Rondón Manzanillo. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, y regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo.
LOS JUECES DE APELACIONES
DR. JUAN JOSÉ BARRIOS LEÓN
Juez de Apelación/ Pre.....