PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el Ciudadano ROMULO ANTONIO QUINTERO PEROZO, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-5.180.371, en contra de la Ciudadana LEIDA SPLUGA DE BELLO, Venezolana, titular de la cédula de identidad V-4.014.346 , mayor de edad, y domiciliada en el Municipio Cabimas, del Estado Zulia, en su condición de Propietaria de la Sociedad irregular PROHABITA, S.A..
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales a favor del Ciudadano ROMULO ANTONIO QUINTERO PEROZO, V.....