Se NIEGA POR IMPROCEDENTE la sustitución de la medida de coerción personal peticionada por la defensa técnica del imputado OSWALDO JOSE REYES MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 24.867.247 Natural de El Furrial Estado Monagas fecha de nacimiento 05/12/1995, de 20 años de edad, Estado civil: Soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de: Gregorina Martínez (V) y de Oswaldo Reyes (V), domiciliado en: La candelaria calle principal casa sin numero, cerca de Club La Colmena Estado Monagas, y acuerda mantener la misma con todos sus efectos, a tenor de lo dispuesto en los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, como presunto autor de los delitos atribuidos por la representación fiscal en audiencia de presentación de imputados. Líbrese boleta de traslado, a los fines de imponerle de la presente decisión.