Consumado el acto procesal del convenimiento celebrado entre los ciudadanos JESUS LUIS MOLERO ARAUJO y JOHANNY CAROLINA MOLERO ARAUJO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-23.264,295 y 25.958.513, Y JESUS LUIS MOLERO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-7.639.349 y solicitada como ha sido su homologación y que sea pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva, habiendo sido en consecuencia revisado todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO CELEBRADO EN ESTE JUICIO POR CONCILIACIÓN EN MATERIA DE FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en consecuencia pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva.