Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana ANGELICA MARIA GONZALEZ PEREIRA y a sus hijos, SE OMITE EL NOMBRE DEL NIÑO, NIÑA Y/O ADOLESCENTE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: LUIS FERNANDO RAMIREZ GARCIA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-25.295.717, quien falleció Ab-Intestato en fecha tres (03) de febrero de 2013, según copia certificada del acta de registro civil de defunción Nº acta de defunción N° 23, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia, German Ríos Linares Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Publíquese, Regístrese, y déjese co.....