Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus MARCO SERGIO HERNANDEZ ESPINA, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.852.330, fallecido ab-intestato el día diez (10) de Diciembre de 2010, en jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, a su esposa ciudadana DIMARIS GRACIELA GONZÁLEZ VIUDAD DE HERNÁNDEZ y a sus hijos ciudadanos DAMARIS CAROLINA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, MARCO SERGIO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, JHOAN RENATO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ y DAYANA CAROLINA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse .....