En el presente caso, se dio inicio a la audiencia preliminar y se celebraron dos (02) prolongaciones, antes de que la parte actora mediante escrito, solicitara la reposición de la causa, pretendiendo a través de dicha solicitud, reformar la demanda, modificando la parte demandada. Siendo así, y en fuerza de los anteriores argumentos, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el ejercicio jurisdiccional de administrar justicia, en estricto apego del orden Constitucional y legal, así como al dispositivo de las normas individualizadas, para la preservación y fortalecimiento de la paz social, en aplicación del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, NIEGA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, solicitada por el apoderado judicial de la parte actora abogado OSWALDO DANIEL TEAGUE. .....