Por los fundamentos expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
¿ DEJA SIN EFECTO, el acto de presentación de los informes, realizado por la parte actora ciudadana DANNYS GRACIELA UTRERA RODRIGUEZ, en fecha, 23 de Mayo de 2.007.
¿ La RENOVACIÓN del acto de evacuación de las pruebas de informes promovidas tanto por la parte demandante como por la parte demandada, mediante la cual se requiere oficiar a la empresa MOVISTAR y a la institución bancaria BANESCO, otorgándose un lapso de diez días hábiles para la práctica de tal diligencia.
¿ SE ORDENA OFICIAR a la empresa MOVISTAR y a la institución bancaria BANESCO, en el sentido solicitado por las partes en sus respectivos escritos de promoción de pruebas.
¿ NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por la naturaleza de este fallo. A.....