En este estado este Juzgado Ejecutor vista la exposición de la notificada, de que el ciudadano demandado no es trabajador de la Empresa LORUSSO, ordena agregar los dos (2) folios consignados por la notificada de la Empresa antes identificada y vista la consignación del pago d® Liquidación en su forma original por la Gerente administrativa de la Empresa antes dicha, JX> ejecuta la medida preventiva de Embargo para la cual fue comisionado y ordeíi^ devolver las actuaciones al Tribunal de la Causa, es todo.- Siendo las 12:15 del mediodía, Concluyó el acto,- Terminó» ?se |ey^ ^Qa^rmes firman. _^
LA JUEZ
DRA. ILVA PIRELA ROMERO
LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE EL NOTIFICADO
LA SECRATARIA
ABOG. ADRIANA SÁNCHEZ