Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MARISOL DEL VALLE ROMERO GONZALEZ y NIXON GEREMIAS GUTIERREZ COLINA, anteriormente identificados, asistidos por la abogada en ejercicio ROSA MARIA YNCIARTE, en fecha Veintiocho (28) de Septiembre del año Mil Novecientos Ochenta y Cuatro (1.984), por ante el Prefecto del Municipio General Manuel Manrique del antes Distrito Bolívar del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 64, acompañada a los autos.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 7.....