Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha trece (13) de Noviembre de 2015 por la abogada en ejercicio Carlos Morel Franchi, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 121.031, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil INDUSTRIAS HAPPY, C.A, representación que se evidencian de instrumento poder que se encuentra agregado a las actas y el abogado Simón Mena, inpreabogado N° 117.333, asistiendo al ciudadano LUIS CARLOS PORTILLO CHOURIO en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de treinta y seis mil doscientos dieciséis bolívares con dieciséis céntimos (Bs. 36.216,16). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de l.....