En consecuencia, éste Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO LA LIQUIDACIÓN Y PARTICION DEL BIEN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL formulada por los ciudadanos JOSE FRANCISCO LINARES Y JHOSELYN SORINA SANCHEZ CASTRO , ya identificados, PASANDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.