Por las razones expuestas y los artículos citados, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de extinción de la obligación de manutención que pasaba el ciudadano OMAR ANTONIO MEZA MOLINA, a favor de su hija, ciudadana LIZMAR ANDREINA FARIA PRADA.
SEGUNDO: Provéase y ofíciese lo conducente a la Dirección General de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Zulia y a la Procuraduría General del Estado Zulia.
TERCERO: Notifíquese a las Ciudadanas LIGIA MARGARITA FARIA PRADA y LIZMAR ANDREINA FARIA PRADA, de la presente decisión.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús María Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Encontrados a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mi.....