ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del ciudadano JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 30/07/1983, de 24 años de edad, casado, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 21.265.250, hijo de Manuel González y de Magalys González, residenciado en la Hacienda Santa Rosa, sector El Marullo, vía El Pino, Municipio Sucre del Estado Zulia, teléfono 0261-3278292, a quien el Fiscal del Ministerio Público le imputa el delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el articulo 414 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano JULIO ANDRES POLO, por encontrarse cubierto los extremos establecido en los artículos 250 numerales 1 y 2, en relación con el artículo 256 numerales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como lo es la presentación periódica de cada tre.....