DECISION
En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio constituido Unipersonal, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal los siguientes pronunciamientos, DECLARA: PRIMERO: NO CULPABLES los ciudadanos: ACUSADOS: EDUARDO JOSE HURTADO, Venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 12-03-83, de 21 años de edad, Soltero, de ocupación Obrero, hijo de: CARLOS HURTADO (v). Y ARACELYS DE HURTADO (v), Titular de la Cédula de Identidad N° V. 16.809.312, y domiciliado en Calle Sucre, Sector Palo Negro Casa N° 13, De Esta Ciudad De Maturín, Estado Monagas y JOSE GREGORIO LICETT, venezolano, de 28 años de edad, natural de Caracas Distrito Capital, Titular de la Cédula de Identidad N°. 13.771.070, Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de José Guacaran (f) y Lorenza Licett (f), domicilia.....