Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Deniega la medida de Protección solicitada por la ciudadana OLGA MERCEDES ADAMES MENDEZ, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Zulia, a favor del ciudadano ROBERTO JOSE MEDINA SANTIAGO y los miembros de la Cooperativa "Flor del Araguaney 174", todo de conformidad con los artículos 12, 124, 125 numeral 1 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 28 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales. Regístrese la presente decisión. Notifíquese. Cúmplase.-
El Juez de Control,
Abg. José Luis Molina Moncada
La Secretaria,
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