DECISIÓN
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia Transitoria en el Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y el Derecho, dicta Sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Que sí resulta competente para conocer y regular el conflicto de competencia planteado entre, el Juzgado Distribuidor del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y, el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Sede en Maturín. Así se decide.-
SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer de la presente demanda por demanda de partición de bienes hereditarios, formulada por los ciudadanos RAIZA COROMOTO ARAY LOPEZ, JORGE ALEJANDRO CANELON ARAY, CARLOS EDUARDO CANELON ALFARO y ANYELIS DE EL VAL.....