II. DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, y las sentencias Nº 693/2015 y 1070/2016, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos JORGE LUIS GÓMEZ VELÁSQUEZ y YUNELSY DEL VALLE BERMÚDEZ VELÁSQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-22.650.358 y V-19.318.881, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos por ante el Registro Civil del Municipio Díaz, estado Bolivariano de Nueva Esparta, según consta en Acta de Matrimonio N° 63, folio 63 del Libro de Registr.....