DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de revisión de medida solicitada por la defensa privada, de la medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad a lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal y se DECRETA la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad establecida en el artículo 242.3 del Código Orgánico Procesal Penal referida a: ORDINAL 3°.- Presentaciones periódicas cada quince (15) días ante este tribunal; SEGUNDO: SE ADMITE la Acusación presentada por la FISCALIA 35° DEL MINISTERIO PUBLICO en contra del ciudadano EDUARD LOZANO HERNANDEZ por la pres.....