RESUMEN
Fue recibida en fecha 07-08-2024, admitida el 09-08-2024, en este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de Divorcio fundamentada en (DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL POR DESAFECTO) basado en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia Nº 1070,de fecha 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos: ROMIRA DEL CARMEN CHACON CABALLERO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.538.955, domiciliada en el Sector Buenavista, Calle: 06,Casa SNª ,de la Población de Caicara Municipio Cedeño del Estado Monagas, contra ORLANDO RONDON PERNIA, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-12.153.014, se encuentra actualmente domiciliado en Ronaina.....