este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción celebrada entre el ciudadano FRANKLIN RODRIGUEZ y la demandada EL PROGRESO BOLIVARIANO, C.A, por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES, (Bs. 50.000), otorgándole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: El Tribunal se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento efectivo del pago acordado.
TERCERO: No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.
Déjese copia certificada por secretaria del presente fallo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el Art.1.328 del Código Civil y los afines pr.....