DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR FALTA DE LEGITIMACION del ciudadano VALMORE ENRIQUE DÍAZ MONTIEL, en el carácter de víctima, en la presente causa seguida en contra del ciudadano JUAN CARLOS VALBUENA PÉREZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, en virtud de la decisión No. 1225-09, de fecha 31 de Julio de 2009, dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial penal del Estado Zulia, mediante la cual declaró Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial del Libertad, de conformidad con los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo ello, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código Orgán.....