este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en sede constitucional, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por la Ciudadana ANA ROSA ECHANDIA quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro 16.546.043, en contra de la Sociedad Mercantil HOTEL PORTOFINO C.A. ambas partes plenamente identificadas, en virtud del incumplimiento de la Providencia Administrativa Nro. 1.498-11, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Nueva Esparta en fecha 28 de noviembre de 2011, contenida en el Expediente Administrativo Nro. 047-2011-01-00305, y en consecuencia, se ORDENA a dicha empresa, su ejecución inmediata e incondicional en los términos del artículo 30 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esto es, repone.....