Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se admite la ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Trigésima Tercera del Ministerio Público, en contra del ciudadano YERITZO ALBERTO GALUE PARRA, por la presunta comisión los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑA previsto y sancionado en el encabezado y segundo aparte del articulo 259 en concordancia con el artículo 260 de la Ley Orgánica Para la Protección de los Niños, Adolescentes y Adolescentes en perjuicio de la niña SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION E NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTEy el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previsto y sancionado en el primer y segundo aparte del articulo 259 en concordancia con el artículo 260 de la Ley Orgán.....