INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado en ejercicio GABRIEL BERMUDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 216.272, en su carácter de defensor del ciudadano ROBERT MADIEL HERNANDEZ LOZANO, titular de la cédula de identidad Nº 25.950.369, en contra del Juzgado Primero en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial del Estado Zulia, al negar la solicitud de adecuación del cómputo de la pena por cuanto alega que su defendido opta al beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; todo de conformidad con lo establecido a el ordinal 5° del artículo 6 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los criterios emitidos por el Tribunal Supremo de Justicia.