DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: JOSE LUIS MANZANERO RONDON y MILAGROS COROMOTO MONTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-12.306.039 y V-7.964.778 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, Contrajeron Matrimonio el día Primero (01) de Septiembre de Mil Novecientos Noventa (1990), emitida por ante el Registro Civil del Municipio Santa Rita del Municipio Santa Rita del estado Zulia , tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 101.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
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