Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES fue intentada por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra del ciudadano CÉSAR ARMANDO REINA GARCIA, ambas partes plenamente identificadas en la narrativa de este fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de ochenta y dos mil setecientos sesenta y un bolívares con sesenta y dos céntimos (Bs. 82.761,62), que comprende la suma de treinta y nueve mil ciento siete bolívares con cinco céntimos (Bs. 39.107,05) por concepto de capital adeudado en virtud del contrato de préstamo personal celebrado entre las partes; la cantidad de cuarenta mil cuatrociento.....