PRIMERO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Dra. DAMELIS BRAZÓN DE DUQUE, relativa a que sea retirada la Medida de Protección otorgada al ciudadano NOMBRE OMITIDO y a su grupo familiar, la cual fuera acordada por este Tribunal en fecha 31-07-2006. SEGUNDO: RETIRAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN decretada en fecha 31-07-2006 a favor del ciudadano víctima NOMBRE OMITIDO, y a su grupo familiar, residenciados en, siendo comisionados funcionarios adscritos a la Policía Municipal de Maracaibo, para realizar PATRULLAJE DOS (02) VECES AL DÍA y se presenten ante las víctimas a los efectos de verificar si existe alguna novedad de manera diaria; todo en atención a los artículos 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Oficiar a la Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción J.....