DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado ADAIRCO DE JESUS LANDAETA COY, Titular de la Cedula de Identidad N. 7.778.333, Venezolano, natural de Santa Barbara del Zulia, fecha de nacimiento 05-04-1960, estado civil concubinato, Grado de Instrucción Técnico Medio en Metalurgia, domiciliado en la Calle 67, Casa S/N, ( a 100 metros del Abasto y Carnicería La Victoria), Maracaibo Estado Zulia. Ofíciese al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Directora de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y Notifíquese a la ciudadana Fiscal Vigésima Séptima (27°) del Ministerio Público a la Defensa y al penado.
Regístrese la presente Resolución en los libros respectivos.-
JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN,
DR. NEURO VILLALOBOS VILLALOBOS.
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