Por los fundamentos ut supra expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la actividad recursiva ejercida por el abogado en ejercicio, VICTOR JOSÉ BRACHO LUENGO, contra la sentencia No. 215, proferida en fecha 25 de noviembre de 2022, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
SEGUNDO: Se declara INOPONIBLE el poder apud-acta otorgado en fecha 17 de noviembre de 2022, en lo que respecta a los ciudadanos GLORIA MARINA CAMPILII TRABUCCO, SABATINO CAMPILII TRABUCCO y ADRIANA MARIA CAMPILII TRABUCCO, quedando válido el mismo en lo concerniente a la ciudadana CLAUDIA ANABELLA CAMPILII TRABUCCO, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 168 del Código de Procedimient.....