Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de Matrimonio, en consecuencia, ordena rectificar el acta de matrimonio No. 337, de los ciudadanos, MARIA DE JESUS RODRIGUES DE DE ARAUJO, asentada en fecha dieciséis (16) de Junio de Mil Novecientos Ochenta y Cuatro (1984), en los libros de Actas de Matrimonio que llevó para esa fecha la Parroquia Cristo de Aranza, Municipio Maracaibo del Estado Zulia y que llevo por duplicado el Registro Principal, en el sentido que se corrija en su contexto lo siguiente:
1.- En su contenido donde se lee "RODRIGUEZ GOMEZ" debe leerse "RODRIGUES GOMES". Así se declara.
Regístrese, Publíquese y remítase copias certificada.....