III.- Por los fundamentos expuestos:
Éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO (CONVERSIÓN EN DIVORCIO) PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS LUCAS RAFAEL BELLORIN HERNANDEZ y MAGDELINES ROSIBELL PRIETO GUTIERREZ, titulares de las cédulas de identidad números 11.891.659 y 15.786.486, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día cinco (5) de Marzo del 2.006, por ante el Intendente de Seguridad de la Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas, Estado Zulia, inserta bajo el N° 27, Lib.....